
Artículo 10. Información Pública de oficio.
![]()
Los Sujetos Obligados deberán mantener, actualizada y disponible, en todo momento, de acuerdo con sus funciones y a disposición de cualquier interesado, como mínimo, la siguiente información, que podrá ser consultada de manera directa o a través de los portales electrónicos de cada sujeto obligado:
Artículo 14. Recursos públicos.
Las organizaciones no gubernamentales, fundaciones, asociaciones y otras entidades de carácter privado que administren o ejecuten recursos públicos, o que realicen colectas públicas, además de la información pública de oficio contenida en la presente ley, debe hacer pública la siguiente:
Correo: aip.alasdemariposas@gmail.com
Dirección: 11 calle 4-64 Oficina «E» zona 1
Edificio Passarelli. Guatemala
Teléfono: 2230-6746
Dirección: 1era calle A 11-69, zona 5, Colonia San Miguelito, Villa Nueva Teléfono: 6610-8584